Abogado de Defensa por Posesión de Armas de Fuego por un Convicto de Delito Grave en Florida
Defensa de Páez

Enfrentar un cargo de posesión en Florida puede ser abrumador porque se trata de casos de armas graves que pueden acarrear sanciones severas. Si bien la ley es estricta, no tiene que enfrentar esto solo. Los fiscales a menudo persiguen estos casos de manera agresiva, especialmente si los cargos se superponen con un caso de drogas, una parada de tráfico o una llamada por violencia doméstica. En Paez Defense, representamos a clientes que enfrentan cargos de armas estatales y federales en Florida. Cada caso recibe una revisión cuidadosa, y la estrategia de defensa depende de los hechos del arresto.
Si ha sido arrestado o está bajo investigación, sus primeros pasos son importantes. Considere hablar con un abogado defensor de cargos de armas en Fort Lauderdale antes de hacer cualquier declaración. La orientación legal temprana puede ayudar a proteger sus derechos.
La Ley de Florida sobre Porte de Armas por un Exconvicto
La Sección 790.23 del Estatuto de Florida prohíbe a ciertos delincuentes convictos y a ofensores juveniles que reúnan los requisitos poseer, tener la custodia o el control de un arma de fuego, municiones o un arma o dispositivo eléctrico. Esto se aplica a condenas por delitos graves que reúnan los requisitos en Florida, otros estados y tribunales federales. También se aplica a ciertas personas que fueron declaradas en estado de minoría delincuente por delitos que habrían sido delitos graves si hubieran sido cometidos por un adulto, sujeto a los límites y excepciones del estatuto.
Según la ley, este delito se tipifica generalmente como delito grave de segundo grado. La pena máxima es de 15 años de prisión, 15 años de libertad condicional y una multa de hasta $10 000. Si se demuestra la posesión efectiva de un arma de fuego, puede aplicarse una pena mínima obligatoria de tres años en virtud del artículo 775.087 del Estatuto de Florida. El restablecimiento del derecho al voto y el restablecimiento de la autorización para poseer armas de fuego son cuestiones independientes según la legislación de Florida. Aunque se le restablezca el derecho al voto, es posible que siga teniendo prohibido poseer un arma de fuego, a menos que también se le haya restablecido la autorización para poseer armas de fuego mediante el proceso legal adecuado.
Cuándo el delito de posesión de armas por un exconvicto se convierte en un cargo federal

La misma conducta puede sustentar cargos tanto estatales como federales según el Título 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 922(g). Pueden surgir casos federales cuando el arma de fuego se ha movido en el comercio interestatal, cuando participan agencias federales, cuando el caso se superpone con una investigación federal de drogas o cuando el demandado tiene antecedentes penales significativos.
Una condena federal bajo la § 922(g) puede acarrear hasta 15 años de prisión federal. Si el acusado tiene tres o más condenas calificadas por delitos violentos o delitos graves de drogas, la Ley de Criminales Armados puede requerir una sentencia mínima obligatoria de 15 años. La defensa de un cargo federal por armas requiere familiaridad con las Reglas Federales de Procedimiento Penal, las Guías de Sentencia y las decisiones clave de apelación. José Páez maneja asuntos de defensa penal en tribunales estatales y, cuando corresponda, en tribunales federales. Cada defensa se prepara en función del tribunal, los cargos y los hechos involucrados.
Posesión actual vs. posesión constructiva
La ley de Florida reconoce dos formas de posesión, y la distinción puede afectar la estrategia de defensa.
- Posesión actual significa que el arma de fuego estaba sobre la persona, como en la cintura, el bolsillo o la mano. En algunos casos, esto puede activar una pena mínima obligatoria de tres años según la ley 10-20-Vida de Florida.
- Posesión constructiva significa que el arma de fuego no estaba sobre la persona, sino en un lugar que la persona controlaba y del que tenía conocimiento, como la guantera, debajo del asiento de un automóvil o en un apartamento compartido. El estado debe demostrar tanto que el acusado sabía que el arma de fuego estaba allí como que tenía control sobre ella. La mera proximidad no es suficiente.
Esta distinción puede ser importante en el juicio y la sentencia. Por ejemplo, cuando se alega posesión constructiva en un vehículo con múltiples ocupantes, la fiscalía puede enfrentar problemas de prueba.
Ángulos de defensa en casos de felonía en posesión en Florida
Cada caso es diferente, y los resultados dependen de los hechos y circunstancias específicos de cada arresto. Dicho esto, los siguientes ángulos de defensa se analizan comúnmente en una defensa de felonía en posesión en Florida:
Desafíos de posesión constructiva
Si el arma de fuego se encuentra en un espacio compartido o en un vehículo con múltiples ocupantes, el estado puede tener dificultades para probar el dominio y control conscientes más allá de una duda razonable.
Falta de conocimiento
Si otra persona colocó o ocultó el arma de fuego, o el acusado no lo sabía, la defensa puede disputar el conocimiento.
Desafíos al Cuarto Enmienda
Si el arma de fuego fue descubierta a través de una detención ilegal, un registro vehicular ilegal o una entrada ilegal a una vivienda, una moción de supresión puede buscar mantener el arma de fuego fuera de la evidencia.
Impugnaciones de condenas anteriores
No todos los antecedentes califican. En casos federales, especialmente, recientes decisiones de la Corte Suprema han limitado lo que se considera un delito predicho según la ACCA. Algunas condenas de fuera del estado o condenas anteriores más antiguas pueden no respaldar legalmente el cargo tal como se presentó.
Excepciones legales
La ley de Florida contiene excepciones limitadas, incluyendo escenarios de derechos restaurados. Los asuntos de armas de fuego antiguas deben revisarse cuidadosamente según los hechos y la ley actual.
Impacto en la Libertad Condicional Existente
Un nuevo cargo por posesión de armas mientras se está en libertad condicional por un delito grave puede crear dos problemas legales: el nuevo cargo penal y un proceso por violación de la libertad condicional. La carga de la prueba en una audiencia de violación de la libertad condicional es menor que en un juicio penal. Un juez puede revocar o modificar la libertad condicional e imponer sanciones basadas en la violación de la libertad condicional, incluso si el nuevo cargo se retira o reduce más tarde.
Cuando estás en libertad condicional, un nuevo cargo por arma de fuego puede ser abrumador. Paez Defense aborda tanto el nuevo cargo como el problema de la libertad condicional de manera coordinada.
Qué esperar al contratar a José Páez
- Consulta inicial confidencial. Se revisan los hechos del caso, la documentación del arresto y los antecedentes.
- Investigación y descubrimiento. Se obtienen y analizan informes policiales, grabaciones de cámaras corporales, órdenes de registro y cualquier informe forense.
- Mociones previas al juicio. Donde los hechos lo respalden, se preparan y litigan las mociones para suprimir pruebas o desestimarlas.
- Negociación. Cuando sea apropiado, se pueden entablar negociaciones de culpabilidad para reducir la exposición a la sentencia, abordar cuestiones de condenas mínimas obligatorias o buscar alternativas al encarcelamiento.
- Preparación del juicio. Cada caso se prepara pensando en el juicio. Una preparación exhaustiva puede afectar cómo los fiscales evalúan el caso.
Por qué los clientes eligen Paez Defense
- Práctica enfocada en defensa criminal que maneja cargos por armas, delitos de drogas y delitos graves.
- Experiencia en el manejo de asuntos de defensa penal en tribunales estatales de Florida y, cuando sea aplicable, en tribunales federales
- Acceso directo a José Páez durante todo el caso
- Representación bilingüe en inglés y español
- Miembro del Colegio de Abogados del Condado de Broward
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la condena mínima obligatoria por posesión de un arma de fuego por un delincuente convicto en Florida?
Según el Estatuto de Florida 775.087, conocido comúnmente como 10-20-Vida, una persona declarada culpable de posesión de un arma de fuego por un delincuente convicto puede enfrentar una sentencia de prisión obligatoria mínima de tres años cuando se prueba la posesión real. La sentencia máxima sigue siendo de 15 años. En el tribunal federal bajo 18 U.S.C. § 922(g), generalmente no hay un mínimo obligatorio, pero la Ley de Delincuente Armado puede imponer un mínimo obligatorio de 15 años si el acusado tiene tres o más condenas calificadas por delitos violentos o delitos graves de drogas.
¿Cuál es la diferencia entre posesión real y posesión constructiva?
La diferencia entre posesión real y posesión constructiva es la posesión física frente al control sobre el lugar donde se encontró el arma de fuego. Posesión real significa que el arma de fuego está físicamente sobre una persona, como en la mano, el bolsillo o la cintura. Posesión constructiva significa que el arma de fuego no está sobre la persona, sino en un lugar del que tiene conocimiento y al que puede acceder o controlar, como el compartimento de un vehículo o un espacio compartido. La posesión constructiva puede ser más difícil de probar para la fiscalía, especialmente cuando varias personas tenían acceso a la misma área.
¿Se puede impugnar una condena previa por un delito grave para luchar contra este cargo?
En algunos casos, una condena previa por un delito grave puede ser impugnada como parte de la defensa. La condena previa es un elemento del delito. Si la condena previa no es legalmente válida, se obtuvo sin abogado en violación de las reglas constitucionales, ha sido anulada o no califica según el estatuto aplicable, la defensa puede impugnar si puede ser utilizada. En los tribunales federales bajo la ACCA, las decisiones de apelación recientes han limitado lo que cuenta como un predicate que califica, y algunas condenas previas que alguna vez se pensó que desencadenaban el mínimo de 15 años ya no lo hacen. Cada condena previa debe ser revisada individualmente.
Habla con un abogado defensor en Florida sobre posesión de armas de fuego por un delincuente convicto.

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